A lo largo de los últimos años, las Universidades han ido asumiendo un creciente protagonismo en la cooperación al desarrollo, poniendo en marcha un amplio abanico de actividades encaminadas a favorecer la solidaridad de los distintos sectores de la comunidad universitaria...
..., tanto con Universidades como con otras instituciones y colectivos sociales de distintos países.
Ello se inscribe en el proceso abierto en los últimos años de ampliación del número y el tipo de agentes sociales
que se han ido sumando a las labores solidarias de carácter internacional, en favor de una mayor equidad y de un
desarrollo humano y sostenible en el mundo. De un contexto en el que sólo unas cuantas organizaciones sociales
especializadas (las conocidas como ONGD) estaban dedicadas a esta tarea, se ha pasado a otro en el que, además de un fuerte incremento de éstas, se ha producido la incorporación de muchas otras instituciones y colectivos sociales, que han comenzado a poner en marcha programas y proyectos de cooperación al desarrollo en distintos campos y en muy diversos países.
Todo ello ha dado lugar a una diversificación muy grande de las actuaciones en el campo de la cooperación, de los métodos de trabajo, y hasta de los objetivos específicos de los diferentes proyectos y programas. En este contexto, no es de extrañar que hayan surgido contradicciones y problemas en la manera de entender la cooperación al desarrollo, tanto en las organizaciones de más larga trayectoria en este terreno (las ONGD), como en otras que se han ido incorporando a esta tarea.
Como consecuencia de todo ello, y en aras a preservar el carácter solidario de la cooperación al desarrollo, así como su objetivo de contribuir expresamente a la equidad, el desarrollo humano y la sostenibilidad, se ha hecho cada vez más necesario contar con referencias claras para orientar el trabajo en cooperación, que sirva al mismo tiempo para llamar la atención sobre posibles prácticas incompatibles con el carácter solidario de la misma, o con los objetivos antes mencionados.
Fruto de esta reflexión, distintas instituciones u organizaciones sociales han ido dotándose de diversos instrumentos tendentes a orientar su trabajo, en forma de Códigos de Conducta, Guías de Responsabilidad Social, de Transparencia y Buenas Prácticas, y otras similares. En el caso de las ONGD, estas aprobaron en 1997 el conocido como Código de Conducta de las ONG de Desarrollo que, desde entonces ha sido la referencia básica a través de la cual enjuiciar y valorar, desde un punto de vista ético, el trabajo desarrollado por las mismas.
En el caso de las Universidades, la gran magnitud alcanzada por las acciones de cooperación internacional de las
mismas ha puesto sobre la mesa la necesidad de acotar con mayor precisión el campo específico de la Cooperación Universitaria al Desarrollo, en aras de preservar el carácter solidario de la misma, tanto en sus objetivos como en los métodos de trabajo empleados, así como para enfatizar que su fin último debe ser
el desarrollo sostenible del país con el que se coopera.
Esta preocupación ha estado presente en todos los debates habidos desde que, en 1999, las universidades españolas abordaran la elaboración de la ESCUDE (Estrategia de Cooperación Universitaria al Desarrollo), reconociéndose la importancia de esta cuestión para el fortalecimiento y la legitimación del trabajo solidario de las Universidades.
En base a todo lo anterior, las Universidades españolas, a través de la Comisión de Cooperación al Desarrollo
adscrita al CEURI-CRUE, decidió en su reunión de Castellón de marzo de 2005 poner en marcha un proceso orientado a la elaboración de un Código de Conducta de las Universidades en materia de cooperación al desarrollo.
El mismo, dividido en 6 apartados y 31 artículos, representa la voluntad compartida por parte de las universidades
que integran la CRUE de acomodar la Cooperación Universitaria al Desarrollo a las pautas que en él se establecen.
En todo caso, este código deberá ser ratificado por los órganos de gobierno correspondientes en cada Universidad, que podrán adherirse al mismo como símbolo del compromiso solidario de la misma y de
su voluntad de ajustar las actividades de cooperación al desarrollo a los procedimientos y criterios éticos
contemplados en él.
Fecha de publicación
1 de enero de 1970
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